Además de evaluar a los clientes y las transacciones según los requisitos del Banco de los Estados de África Central (BEAC), BANGE también evalúa su actividad bancaria contra la lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN) de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) de EE.UU., las listas de sanciones de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y las listas de sanciones de la Unión Europea (UE).
El Consejo de Administración de BANGE revisa y aprueba todas las políticas y procedimientos de Lavado de Dinero/Financiación del Terrorismo.
El banco también cuenta con un equipo de cumplimiento supervisado por el Oficial de Cumplimiento.
Formación del Personal de BANGE
Todos los empleados del Banco Nacional de Guinea Ecuatorial reciben una amplia capacitación en AML/CTF cuando son contratados y participan en capacitación adicional anualmente. El personal con responsabilidades de cumplimiento recibe capacitación más frecuente y asiste a conferencias y capacitación externa sobre procedimientos, asuntos y tendencias emergentes.
Manual de cumplimiento de BANGE
El Manual de Cumplimiento AML/CFT de BANGE asigna responsabilidades para implementar el programa, y es seguido por todos los empleados del banco. El manual establece las políticas y estándares del banco con respecto a la detección de transacciones, la diligencia debida del cliente, la notificación de actividades sospechosas, la documentación y la gestión de riesgos, entre otros procedimientos de cumplimiento. Cada empleado de BANGE, incluidos los miembros del Comité AML/CTF, recibe una copia del manual y se espera que cumpla con todas las políticas y procedimientos.
Debida diligencia del cliente
BANGE lleva a cabo la debida diligencia con sus clientes como parte de sus procedimientos de apertura de cuenta. Cuando un posible cliente abre una nueva cuenta, está sujeto a la debida diligencia de identificación. La identificación del cliente se basa en la inspección de documentos gubernamentales o de identificación emitidos por el Gobierno. Si el personal del banco no puede obtener información suficiente para identificar adecuadamente al cliente o tiene alguna duda sobre la veracidad de la documentación o información proporcionada por el cliente, BANGE no procederá a abrir la cuenta.
BANGE también verifica a todos los clientes potenciales contra las listas de personas y entidades designadas o prohibidas de EE.UU., La ONU y la UE.
Conozca a su cliente (KYC)
Además de la identificación básica y los procedimientos de detección avanzados, BANGE también lleva a cabo procedimientos rigurosos de KYC para clientes potenciales individuales, corporativos o caritativos. Estos incluyen verificar la fuente de fondos y realizar visitas de campo a entidades corporativas y caritativas.
BANGE utiliza activamente su conocimiento de clientes para identificar transferencias sospechosas y otras transacciones.
Los clientes existentes son revisados periódicamente contra las listas de personas y entidades designadas. Si se agrega un cliente existente a una de las listas, BANGE notificará de inmediato a la Agencia Nacional de Investigación Financiera (ANIF) y tomará las medidas apropiadas de conformidad con los reglamentos de la COBAC, incluyendo el congelamiento y el cierre de la cuenta.